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La entrada en vigencia del mencionado Protocolo se realiza tras el depósito de la República de Colombia del Instrumento de Ratificación del Convenio Simón Rodríguez, con lo que se completa el proceso por parte de los cuatro Países Miembros de la CAN.
Web de la Comunidad Andina
Lima, 1 de septiembre de 2015.- El Protocolo Sustitutorio del Convenio "Simón Rodríguez"; que tiene entre sus objetivos, definir y coordinar las políticas comunitarias referentes al fomento del empleo, formación y capacitación laboral, salud y seguridad en el trabajo, seguridad social y migraciones laborales en los países de la Comunidad Andina; se encuentra plenamente vigente.
La entrada en vigencia del mencionado Protocolo se realiza tras el depósito de la República de Colombia del Instrumento de Ratificación del Convenio Simón Rodríguez, con lo que se completa el proceso por parte de los cuatro Países Miembros de la CAN. Anteriormente, lo había hecho el Perú en el 2002, el Ecuador en el 2003, Bolivia en el 2004 y cuando aún pertenecía a la CAN, Venezuela en el 2005.
Como su nombre lo indica, este Protocolo sustituye los textos del original Convenio firmado en el año 1973, así como su modificación en 1976. En una primera instancia el Convenio Simón Rodríguez funcionó como un foro exclusivo de Ministros de Trabajo de los países andinos.
El actual Protocolo Sustitutorio transforma al Convenio Simón Rodríguez en el privilegiado espacio de convergencia y concertación de intereses de los tres sectores involucrados con la temática sociolaboral dentro del proceso andino de integración esto es, el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos.
Este nuevo formato del Convenio, como foro tripartito y paritario para los temas sociolaborales de la CAN, se convierte en uno de sus rasgos más distintivos y lo coloca, sin duda, a la vanguardia de espacios similares al interior de otros procesos de integración en nuestro continente, dándole además una renovada visión.
A partir de su entrada en vigencia, el Protocolo Sustitutorio del Convenio "Simón Rodríguez" queda abierto a la adhesión de cualquiera de los Países Asociados de la CAN.